Por los Fundamentos antes expuesto, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Ratifica Orden de Aprehensión. SEGUNDO: Se declara Sin Lugar la petición de la defensa.
Cúmplase. Notifíquese a las partes.-