IV.- DISPOSITIVO.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos ENDER LUIS ROMERO TAPIAS y REINA BEATRIZ NAVARRO DELGADO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nro. V-18.120.657 y V-18.823.289, con números telefónicos: 0424-6888328 y 0412-7338277, y correos electrónicos: guerreroenderluis@gmail.com y navarroreina066@gmail.com, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diez (10) de noviembre de 2001, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia C.....