DISPOSITIVA.
Bajo las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA las anteriores actuaciones como TÍTULO SUFICIENTE para asegurar la condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la "de cujus" IMELDA JOSEFINA NORIEGA DE CATALANO, quien falleciera el día 23-10-2024, tal como se evidencia en el Acta de Defunción inserta bajo el Nº 1115, Folio 115, Tomo 05 de los libros de defunciones correspondiente al año 2024, del Registro Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, suscrita por el abogado JAVIER ALEJANDRO OBANDO, titular de la cédula de identidad Nº 17.899.019, en su carácter de Registrador Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a sus hijos GIOVANNA GABRIELA CATALANO NORIEGA y RAFAEL JESUS MATEO CATALANO NORIEGA, venezolanos,.....