Por consiguiente este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 639 del Código Civil, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de de CONSTITUCIÓN DE HOGAR presentada por la ciudadana MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.439.846, de este domicilio; asistida por los Abogados en ejercicio MARIADELINA CASTRO y ALEXANDER SUÁREZ, debidamente inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros 23.494 y 104.265, en los términos señalados sobre un un Inmueble, constituido por un Apartamento, destinado a vivienda, distinguido con el Nº 34, ubicado en la Tercera Planta del Edificio denominado "RESIDENCIAS SAN PEDRO", situado en la Prolongación de la Av. 20, conocida también como Calle Los Comuneros, al lado de la parcela Nº 8, donde actualmente se encuentra construido el edificio denominado Residencias San Félix de esta ciudad de Barquisimeto, M.....