este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585 y 600 ejusdem, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por una zona de terreno situada en el partido denominado Ancón Alto, entre los kilómetros 12 y 14 de la margen izquierda de la vía que conduce del municipio Maracaibo al Municipio Jesús Enrique Lossada, en jurisdicción de la Parroquia San Isidro del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el cual tiene una superficie de ciento dieciséis mil quinientos ocho metros cuadrados con cincuenta y nueve centímetros cuadrados (116.508,59 Mts2), aproximadamente, y esta comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: en una primera porción mide cuarenta y ocho metros con veinte centímetros (48,20 Mts) y linda con terreno ocupado por t.....