DECISIÓN:1) SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana DALYS COROMOTO CUICA GARCÉS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.844.795, contra la sentencia dictada por el Tribunal Quinto Accidental de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 31 de enero de 2013. 2) ANULA oficiosamente la sentencia recurrida 3) DECLARA sin lugar la defensa alegada por la parte requerida para ser resuelta como punto previo. 4) DECLARA sin lugar la acción de disconformidad ejercida por la parte requirente, ciudadana DALYS COROMOTO CUICA GARCÉS, antes identificada, contra el acto administrativo dictado en fecha 14 de septiembre de 2009 por el Consejo de Protección de Niñas, Niñas y Adolescentes del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia. 5) DICTA medida de protección de orden de inclusión de la ciudadana DALYS COROMOTO CUICAS GARCÉS, antes identificada, en u.....