Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ALEXI SEGUNDO URDANETA y JUDITH ARMINDA GARCIA, anteriormente identificado, en fecha 04 de octubre de 1990, tal como se evidencia del acta de matrimonio signada con el No. 477, emanada por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo Estado Zulia, acompañada a los autos en copia certificada.