DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión intentada por los ciudadanos: JOSEFA RAMONA RIVAS DE FREITEZ, MIRIAN GEMA FREITEZ RIVAS, FRANCIA ANTONIA FREITEZ RIVAS, HERNAN JOSE FREITEZ RIVAS, WILFREDO ANTONIO FREITEZ RIVAS Y EDECIO RAMON FREITEZ RIVAS, en su condición de Sucesores de Antonio José Freítez, representados por su Apoderado Judicial, Abogado OSCAR ALI ARAUJO MENDEZ, en contra del CENTRO SOCIAL DEPORTIVO "LA PASTORA", representado por JOSE AGUSTIN LOPEZ, representado por la Defensor Ad Litem: Abogada SMAILY ASUAJE BARRIOS, todos identificados en autos. En consecuencia se ordena el desalojo y consecuente entrega a la parte actora del inmueble ubicado en esta ciudad de Barquisimeto, en la carrera 28 entre calles 26 y 27, Nro. 26-29, Pa.....