En atención a los criterios precedentemente expuestos, y visto que en el presente caso se ha ejercido una acción de amparo constitucional contra el ciudadano ANDRES IZARRA, en funciones de Ministro del Poder Popular para el Turismo, sin que conste en autos petición de nulidad de acto administrativo alguno emanado del presunto agraviante, este Juzgado Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para conocer la presente demanda interpuesta por el ciudadano JESUS RIGOBERTO NAVAS ZAMORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.254.926, contra el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, en la persona de su Ministro Andrés Izarra, en razón de tratarse la presente demanda una acción de amparo constitucional ejercida contra el Ministro del Poder Popular para el Turismo, y la misma ha de ser tramitada y decidida en el seno de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo d.....