Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: NOIRALITH DEL VALLE GOMEZ ESCANDELA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.974.048, domiciliada en Casigua El Cubo, sector Unión, Parroquia y Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia, y el ciudadano: ADAN RAFAEL OLIVARES PEASPAN, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.297.028, domiciliado en Casigua El Cubo, sector la Colina, Parroquia y Municipio Jesús Maria Semprún del Estado Zulia. Se deja constancia que el convenimiento se celebró en presencia de.....