este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho LUISA THAIS RAMIREZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión de fecha catorce (14) de enero de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SE ORDENA al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMITIR LA PRUEBA PROMOVIDA POR LA PARTE DEMANDADA EN SU ESCRITO DE PROMOCIÓN DE PRUEBAS, ESPECÍFICAMENTE EN EL PARTICULAR REFERIDO A LA PRUEBA DE EXPERTICIA MEDICA; dicha prueba será admitida según los parámetros fijados por este Superior Tribunal en la parte motiva de esta decisión. 3) SE REVOCA LA DECISION