Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho DENYS JOSE TAPIA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de enero de 2010, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoaron los ciudadanos JOSÉ GREGORIO URDANETA VILLASMIL, GUSTAVO ENRIQUE MEZA RODRÍGUEZ, ORLANDO JOSÉ IBARRA FALCÓN, ÁNGEL BENITO GUERRA RAMOS y ERICK BOSCAN ROMERO, en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES FARIA, C.A., (CONFACA).