DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Le, Declara: Con Lugar la demanda intentada por la ciudadana DARIELY VERONICA RAMOS CARABALLO titular de la cedula de identidad Nº V-17.874.070, domiciliada en las Malvinas segundo callejón vial el tunal Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lara contra el ciudadano ALEXANDER RAFAEL LEON ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.431.568, domiciliado en Urbanización Florencio Jiménez, calle 6 Municipio Jiménez del Estado Lara. BENEFICIARIO: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE.
En consecuencia:
PRIMERO: Se fija como Pensión Alimentaria el 25% del salario bruto devengado por el obligado que se descontaran mensualmente del salario devengado por el obligado, y depositados directamente en la cuenta de.....