Por todo lo expuesto con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de DIVORCIO ORDINARIO, incoada por el ciudadano RAUL ENRIQUE MOLINA FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 11.298.661, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra la ciudadana LORENA BONILLO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.256.474, del mismo domicilio.
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil.