DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas abogadas GLORIA INES RAMIREZ DIAZ y MARIA EUGENIA DUPUY ACURERO, en su carácter de Fiscal Séptima y Fiscal (A) Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra de la decisión dictada en fecha 01-11-06, causa 1C-676-06, por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual declaró procedente la solicitud de nulidad absoluta interpuesta por el ciudadano Ceezar Moufak Abou Zain, asistido por el abogado Henry David Rodríguez, en contra del acta suscrita en fecha 04-03-06, por ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal.....