En cumplimiento al procedimiento por admisión de los hechos contenidos en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano JESUS ALBERTO SUÁREZ, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° 11.256.006, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 13/03/73, estado civil casado, hijo de María Suárez y Ricardo García, residenciado en las Torres del Saladillo, Edificio Porlamar, piso 16, Apto. 16-03, Av. Padilla. Maracaibo ¿ Estado Zulia, a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, que terminarán de cumplir en el establecimiento carcelario que designe el Juzgado de Ejecución correspondiente, igualmente a las accesorias legales contenidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, como autor penalmente responsable del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA Y USO DE ACTO FALSO DE CARÁCTER PÚBLICO EN GRADO DE TENTATIVA ABANDONADA, previsto y sancionado en el artículo 468 y 322, del Código Penal, con ap.....