Por los Fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con las atribuciones que le otorga el Artículo 555 de la Ley Orgánica Sobre la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO por Muerte del Imputado, en la causa seguida a quien en vida respondiera al nombre de (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA), por la presunta comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto en el artículo 376 del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del niño (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA); LESIONES INTENCIONALES, previsto en el artículo 415, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio.....