¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de Ofrecimiento de Pensión Alimentaria de fecha 18 de Enero de 2007, celebrado entre los ciudadanos NINOSKA ROSALIT ALVARADO PALMAR y JORGE LUIS HERNANDEZ FEREIRA, antes identificados, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
¿ Asimismo se ordena oficiar a la Acción Católica de Venezuela, Arquidiócesis de Maracaibo, Proyecto por la Unidad de la Familia (PROUFAM), a fin de que realicen una terapia de Orientación Familiar, haciendo énfasis en la comunicación entre estos, a la ciudadana NINOSKA ROSALIT ALVARADO PALMAR, teléfono 0414-6088434. Ciudadano JORGE LUIS HERNANDEZ FERERIRA, teléfono 0416-2269843.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.