Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código penal, a la acusada MARILYS ISABEL FERMIN DE GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maturín, Estado Anzoátegui, nacida en fecha 07/07/74, de profesión u oficio Aseadora, titular de la Cédula de Identidad N° 13.395.891, Residenciada en la calle Atamito, casa s/n, color azul cerca de la bodega las cuatro hermanas, Atamo Sur, Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta, de conformidad con lo establecido en los artículos 42 del Código Orgánico Procesal Penal. Y le fija un REGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de CUATRO (04) MESES QUINCE (15) .....