Declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia de conformidad con lo establecido los articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y se decreta el PROCEDIMIENTO ESPECIAL, establecido en el artículo 94 ejusdem. SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y Medida Cautelar del articulo 92 ordinal 7 Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la referidas al: ORDINAL 3°: La Presentación mensual (CADA 30 DIAS) por ante el departamento de alguacilazgo a partir del día de Diciembre de 2011 y la contenida en el articulo 92.7 de la Ley Especial, la remisión al Equipo Interdisciplinario que labora en este Tribunal, a partir del día 05 de Diciembre de 2011, a favor del ciudadano CARLOS JOSE TORRES QUINTERO, de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 24-09-.....