Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de ¡a República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado VLAD1MIR EMIR EULADIO MADURO, de Nacionalidad Holandesa; natura! de Curazao, República de las Antillas Holandesas, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 12-02-1972, titular de la Cédula de Identidad N° E~83.05S.5S3, hijo de MINERVA MADURO Y ELVIN MADURO, de estado civil Soltero, de profesión u ocupación COMERCIANTE, residenciado en La rinconada, calle 4, casa numero 4-39, Maracaibo, Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de! Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, conforme al procedimiento de admisión de los Hechos, a cumplir !a pena de DOS (02) AÑOS, SEIS (8) MESES, VEINTIDÓS (22) DÍAS DE PRISIÓN, por los delitos de POSES.....