SE CONDENA, al joven IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, soltero, de diecinueve (19) años de edad, nacido el día catorce (14) de Noviembre de mil novecientos ochenta y ocho (1.988), titular de la Cédula de Identidad número V-(SE OMITE), hijo de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a cumplir la sanción definitiva de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso DE DOS (02) AÑO de conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código penal vigente, cometido en perjuicio de los ciudadanos ANDRÉS ELOY GONZÁLEZ, MAYULIS DEL CARMEN RODRÍGUEZ, ANMGEL ALBERTO CIRA QUERALES y JUAN CARLOS ULACIO DÍAZ, correspondiéndole al Juzgado de Ejecución competente determinar el desarrollo y f.....