Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentara la ciudadana ANNA APARICIO, en contra de la sociedad de hecho HOTEL AURORA y solidariamente en contra del ciudadano ASTOLFO CAMPISI, en su carácter de propietario de la misma (ambas partes suficientemente identificadas en actas).
2) SE CONDENA, a la parte demandada, a pagarle a la parte actora la cantidad de UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 1.195.134.,80) por los conceptos y procedencia anteriormente indicados, así como la cantidad de dinero que resulte luego de efectuar la corrección monetaria o ajuste por inflación, sobre la base del índice inflacionario a.....