PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO interpuesta por el ciudadano JAVIER PEREIRA DA COSTA en contra de la ciudadana FATIMA MARISELA MARTINS DA MATA, ambos ya identificados, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO como consecuencia de la anterior declaratoria el matrimonio contraído por ellos el 26-1-2002 por ante la Alcaldía del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se evidencia del acta asentada bajo el N° 8, correspondiente al año 2002.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida en el presente proceso.