PRIMERO: Con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-"A" del Código Civil, presentada por los ciudadanos JOSE FRANCISCO BRITO GONZALEZ y HILDEVIT NESSI MARTINEZ, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante la ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Federal, según consta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios que se encuentra asentada en el Libro de Registro Civil inscrita bajo el Nº 0105, del año 2003, todo conforme con lo previsto en el artículo 185-"A" del Código Civil.