Así las cosas, por cuanto se observa que la querella ejercida cumple con los requisitos establecidos en la normativa especial que rige la materia, este Órgano Jurisdiccional ADMITE la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana YOSMAR LISSETT CARRERO REINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.350.412, en consecuencia se ordena citar a los Ciudadanos Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, al Ministro del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Publica, Presidente del Banco Bicentenario del Pueblo, de la clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal y al Presidente del Banco Bicentenario del Pueblo, de la clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal, en el estado Nueva Esparta, a los fines de que en un plazo de quince (15) días de despacho de contestación de la querella de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, contados a partir de que conste en autos la ultima .....