PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados LUIS EDUIN ARRIETA PAZ y DARLAN FRANCISCO BERMUDEZ, en su carácter de defensores de los ciudadanos EDGAR DAVID MARTHEINS HERNANDEZ, HECTOR JOSE CASTILLO y STHARLY GILBERTO MALDONADO MARRERO, en la cual señala como presunto agraviante al Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con Competencia en Ilícito Económicos, extensión Cabimas, por cuanto el delito por el cual fue instaurado el proceso penal, y del cual deriva la acción de amparo constitucional, se encuentra enmarcado en los delitos económicos cuya competencia fue asignada a la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; declaratoria de incompetencia que efectúa esta Alzada en aras de garantizar los principios de unidad del proceso y tutela judicial efectiva, así como la garantía del juez natural, conteni.....