Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): MISAEL BENITO CARDOZO PEREZ, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad numero:V-5.726.300 en su carácter de: CONSUTOR JURICO del CENTRO CLINICO DE CABIMAS, C.A _ En este estado presente la parte actora Abogado DAMASO MAVAREZ PIÑA, antes identificado expuso: Señalo al tribunal para que sea embargado ejecutivamente El derecho de propiedad de CIEN (100) acciones nominativas que le corresponden a los herederos demandados, HUGO ALBERTO DIAZ, HUGO ENRIQUE DIAZ Y EDDY MARGARITA DIAZ, las cuales fueron suscritas y pagadas en la constitución de dicha compañía por el causante HUGO ALBERTO DIAZ RAMIREZ, propiedad que se evidencia en el acta constitutiva de la mencionada sociedad mercantil donde se encuentra constituido este tribunal, y sobre la cual debe ejecutarse en el libro de accionistas llevados por la empresa, donde consta la propiedad de las mismas a nombre del ciudadano HUG.....