DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos FREDDY WILLIAM GUTIERREZ SALAS y MARIBEL HERNANDEZ de GUTIERREZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 7.871.208 y 8.696.791, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veinticinco (25) de Marzo del año mil novecientos ochenta y ocho (1988), por ante el Prefecto del Municipio Lagunillas, estado Zulia; inserta bajo el N° 98, Folios 198 y 199.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho GENOADYS DEL VALLE VALERIO GUTIERREZ, inscrita en .....