DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el amparo constitucional intentado por VICTOR ALVAREZ MEDINA, GILBERTO HERNANDEZ KONDRYN e INÉS ADARME MÉNDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo matriculas Nº 72.026, 101.792 y 145.435 respectivamente; actuando en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil MAVEN, C.A., persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de este domicilio contra el CONSEJO COMUNAL "LISANDRO ALVARADO" y los ciudadanos ANTONIO JOSÉ VARGAS PEÑA y MARIA PASTORA MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.385.497 y 14.591.208 respectivamente, ambos de este domicilio.
SEGUNDO: No hay condenatoria.....