III.- Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MEDISON JOSE BRACHO ARAUJO, a las ciudadanas HISEL CRISTINA BRACHO OJEDA, LILIANA JOSEFINA BRACHO INCIARTE, GIMALI ANDREINA BRACHO OJEDA Y FABIOLA ALEJANDRA BRACHO OJEDA, en sus condiciones de hijas sobrevivientes.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas, e igualmente se ordena expedir tres juegos de copias certificadas de la solicitud, así como las respectivas resultas.
Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRE.....