PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación interpuesta en fecha 01 de marzo de 2010, por el abogado Leonel Mata, actuando como apoderado judicial del ciudadano Norman Reyes Troconis, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 19 de febrero de 2010, en el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación seguido por el ciudadano Norman Reyes Troconis, en contra del ciudadano Jairo Alfonso Flores, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 19 de febrero de 2010, en el sentido de que se declara INADMISIBLE la presente demanda de Cobro de Bolívares seguida por el Procedimiento de Intimación.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Códig.....