JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Profesional del Derecho CARLOS ACOSTA, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de Julio de 2.010, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SE CONFIRMA la decisión dictada en 12 de Julio de 2.010, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 3) No hay condenatoria en costas procesales. Continúese con el procedimiento en la etapa en la que se encuentre.