Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho JULIO UZCATEGUI BENITEZ actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano ADAFEL ARAUJO GONZALEZ en contra de la decisión de fecha 26 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR la defensa previa de PRESCRIPCION opuesta por las partes co-demandadas ARMANDO JOSE BRACHO MASOMPARRY y EL BODEGON DE ARMANDITO al demandante ciudadano ADAFEL ARAUJO GONZALEZ (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales). 3) SE DECLARA SIN LUGAR la demanda que por RECLAMO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES intentó el ciudadano ADAFELARAUJO GONZALEZ .