En virtud del ARCHIVO FISCAL DE LAS ACTUACIONES decretado por la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público, ACUERDA EL CESE DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada por este Juzgado en el Acto de Audiencia de Presentación de Imputado, en fecha 24-07-05, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 250 y 251 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano LUÍS ANTONIO GOVEA PADILLA.