...Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y citados, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara suficiente el derecho que le corresponde a la ciudadana ALBELICA ROSA CHOURIO FLORES venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No.7.622.076 como cónyuge del causante y a los ciudadanos OMAIRA CHIQUINQUIRA AGUILA CHOURIO, OMAR JOSE AGUILA RINCON, OMARXIS ANTONIO AGUILA CHACHIN, OREANNY DEL CARMEN AGUILA CHACIN y OMAIREX RAFAELA AGUILA CHACIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 22.145.637, 14.026.427, 13.932.956, 17.918.334, y 16.492.519 respectivament.....