PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de reposición de la causa efectuada por el tercero interviniente, en el juicio que siguen los ciudadanos ALBERTO TERÁN, JUAN CARLOS CALLES VELÁSQUEZ y JESUS RAMÓN VASQUEZ, en contra de la sociedad mercantil NAVIERA DE OCCIDENTE, C.A. (NAOCA), y como tercero interviniente la sociedad mercantil VENECIA SHIP SERVICES, C.A. (VESCA), por motivo de cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: SE ORDENA la reposición de la presente causa al estado de que el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, al cual por distribución corresponda, fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, sin necesidad de notificar a las partes intervinientes en el presente asunto, por encontrarse a derecho. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. CUARTO: Se ordena notificar a la.....