PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado entre la parte demandante ciudadano JOHN PIRELA, la demandada SERVICIOS SOCOAVO C.A., todos plenamente identificados en las actas procesales, pasándola en autoridad de COSA JUZGADA.
SEGUNDO: Se deja constancia que el Tribunal ordenará el archivo definitivo del expediente, UNA VEZ QUE CONSTE EN ACTAS LA TOTALIDAD DE LOS PAGOS ACORDADOS y que e el incumplimiento en la fecha del primer pago acordado, se procederá a remitir inmediatamente el presente asunto, al Tribunal de Ejecución correspondiente.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas, dada la naturaleza del fallo y por haberlo incluido en su acuerdo las partes.