esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana CLAUDIA PEREIRA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.919.062, en beneficio de la niña (OMITIDO CONFORME A LA LEY), de Diez (10) años de edad. SEGUNDO: Se AUTORIZA a la ciudadana CLAUDIA PEREIRA LOPEZ, antes identificada, para que en nombre y representación de la mencionada niña, acuda ante las autoridades competentes a gestionar la compra del inmueble constituido por un una porción de Terreno distinguida como Lote B, ubicado en Sector La Cruz del Pastel, la cual consta en su totalidad de CIENTO TR.....