DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto por las Abogadas NANCY INMACULADA ZAMBRANO ROA y DEYSI RIVAS ROSALES, con el carácter de Fiscal Principal y Auxiliar Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra de la decisión N° 667-09, dictada en fecha 22 de Junio de 2009, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual se decretó de Oficio la Nulidad de la Acusación por falta de Imputación Formal, en la causa seguida en contra del imputado JUAN JOSÉ GARCÍA ALEMÁN, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano LUIS ALBERTO RAMONE HERNÁ.....