ADMITIR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho EDINSON PALMAR TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 7.708.714, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano JOSE LUIS ABREU, titular de la cédula de identidad N° V-12.948.169; contra la decisión Nº 461-2022, de fecha 08 de Junio de 2022, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. ADMITE PARCIALMENTE los medios de pruebas ofrecidos por el profesional del derecho EDINSON PALMAR TORRES, actuando en su condición de defensor del acusado JOSE LUIS ABREU, sólo respecto al acta de presentación de imputados considerando esta Sala prescindir de la audiencia oral, a la que hace referencia el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo DECLARADAS INADMISIBLES las testimoniales de los ciudadanos, Víctor Leañez, Venancio Gonzalez, Adalis Páez y Wilfredo Simanca. ADMIT.....