En este estado este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT , en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO preventivamente los Bienes Muebles antes Señalado, identificado y Avaluado y le hace formal entrega de los mismo al representante de la depositaria Judicial Santa Maria, C.A, declarando ( se así la Desposesion Jurídica de los mismos.- El tribunal deja constancia que en la practica de la presente medida no se causaron ningún tipo de tasa, pagos ni emonumentos para los componentes de este tribunal.- así mismo que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales de las personas intervinientes en el acto.- Cumplida como ha sido la misión del tribunal, se declara terminado el acto, previa lectura por secretaria del acta de ejecución y no habiendo observación a la misma se concluye el acto siendo las 3:30 de la tarde.....