DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA FORMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA RELACIONADA AL DESTACAMENTO DE TRABAJO, al Penado MANUEL DAVID CAMPOS PITALUA, venezolano, natural de Maracaibo, no porta cedula de identidad, fecha de nacimiento 20-03-1982, estado civil soltero, de profesión u oficio Trabajador de un Comedor, hijo de Teresa de Jesús González Pitalua y Padre desconocido, residenciado en la Avenida La Limpia, calle Nº 84, inmueble Nº 28B-24, bajando por Sortiven, Maracaibo, Estado Zulia, al no cumplir con todos los requisitos previstos en el articulo 67 en concordancia con el articulo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. En consecuencia, se ordena oficiar al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a los fines de remitirles copia certificada de .....