DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente reclamación alimentaria incoada por la abogada DAIRIS AMAYA, Consejera de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Páez, en representación de la ciudadana MARÍA CRISTINA GUTIÉRREZ, contra el ciudadano JESÚS ROBERTO GONZÁLEZ, y a favor de los niños y adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXX GONZÁLEZ GUTIÉRREZ. Queda suspendida de esta forma la medida de embargo preventivo que fuese decretada en el juicio en fecha 16 de Noviembre de 2006 y que consta al cuaderno de medidas de este expediente. Ofíciese lo conducente una vez haya quedado definitivamente firme esta decisión.