Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA REPOSO DOMICILIARIO, AL CIUDADANO EDUARDO MIGUEL PALOMINA ARREDONDO, en la siguiente dirección calle Los Tulipanes, quinta Heli, casa N° 121 urbanización San Fernando, Los Robles Municipio Maneiro, HASTA EL 25 DE JULIO DE 2007, SEGÚN EXPRESA RECOMENDACIÓN DEL MÉDICO FORENSE (TRAUMATÓLOGO) DR. LUIS CAMEJO, quien se encuentra parapléjico, debiendo reingresar a su sitio de reclusión el 26 de julio de 2007, cuya vigilancia de su cumplimiento reposa en la Policía del Estado, comisaría de Maneiro. Acusado a quien se le sigue proceso por la presunta comisión del delito de Robo Agravado Frustrado, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 80 y 82 del Código Penal. Ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, y 83 de la Constitución, en relación con el.....