PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por el ABG. LUIS ENRIQUE CARRERO, Defensor Público Auxiliar Cuarto con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensor del Ciudadano SONY GERMAN AVILA, Titular de la cédula de identidad N°17.232.669, contra la decisión Nº 304-2024, emitida en fecha 03 de Mayo de 2024, por el Juzgado Tercero de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del esta Zulia, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 439 numerales 4° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMISIBLE las pruebas promovidas por la Defensa Pública en su escrito de apelación, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para la resolución del presente recurso de apelación, no obstante haberse admitido pruebas, tra.....