PRIMERO: DECLARAR en estado de ejecución la Sentencia Definitiva N° 13, de fecha quince (15) de mayo de 2018, en la cual se decidió CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, basada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, formulada por los ciudadanos: HEBERTO ANTONIO CHACÍN HERRERA y NEIGLYS DEL CARMEN SÁNCHEZ BOSCÁN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.713.529 y V-15.718.473, en su orden. En consecuencia, queda DISUELTO el matrimonio civil, contraído en fecha veinte (20) de abril del año mil novecientos noventa y ocho (1998).