Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ENTREDICHO PROVISIONALMENTE al ciudadano Víctor José Hernández Lugo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 19.063.068, quedando sometido a tutela por considerar que se encuentran cumplidos todos los requisitos exigidos por la Ley
SEGUNDO: de conformidad con lo previsto en el artículo 396 del Código Civil, se designa como TUTOR PROVISIONAL del ciudadano Víctor José Hernández Lugo, a la ciudadana Vicmary del Rosario Hernández Lugo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.482.597, a quien se acuerda notificar, para que comparezca por ante este Tribunal, dentro de los dos días (2°) de despacho siguientes, después de la constancia en actas de haberse cump.....