Esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con Lugar la solicitud y como consecuencia de tal declaratoria AUTORIZA a la ciudadana: JANIETH DE LOS ANGELES BRITO DIAZ, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.202.200, a realizar los trámites necesarios tendentes a Obtener el Pasaporte y la cédula de identidad, que requiere el referido niño (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA).