Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos SILVERIO ANTONIO PONCE GONZÁLEZ y YENY MARGARITA MATA RAMIREZ, en fecha primero (1) de agosto de 1.992, por ante el Registro Civil de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia, tal como se evidencia del acta de matrimonio signada con el Nº 307, acompañada a los autos en copia certificada.